Resumen del Artículo treinta y cinco bis

Artículo treinta y cinco bis del Estatuto de Autonomía para Asturias (EAAst) — bis. 1. La responsabilidad penal del Presidente del Principado y de los miembros del Consejo de Gobierno será exigible ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias por los actos cometidos en el territorio del Principado. Fuera de éste, la responsabilidad…

EAAstVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo treinta y cinco bis

1. La responsabilidad penal del Presidente del Principado y de los miembros del Consejo de Gobierno será exigible ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias por los actos cometidos en el territorio del Principado. Fuera de éste, la responsabilidad penal será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

2. Ante los mismos Tribunales respectivamente será exigible la responsabilidad civil en que dichas personas hubieren incurrido con ocasión del ejercicio de sus cargos.

Norma publicada: 30 de diciembre de 1981

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo treinta y cinco bis

¿Qué dice el Artículo treinta y cinco bis del EAAst?

bis. 1. La responsabilidad penal del Presidente del Principado y de los miembros del Consejo de Gobierno será exigible ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias por los actos…

¿El Artículo treinta y cinco bis del EAAst está vigente?

El artículo treinta y cinco bis del EAAst está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo treinta y cinco bis dentro del EAAst?

Se encuentra en la estructura: CAPITULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo treinta y cinco bis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.